COMPRA VENTA
Es una operación por medio de la cual una persona transmite a otra la propiedad y posesión legítima de un bien mueble o inmueble, a cambio de una cantidad en dinero. Cuando la transmisión se trata de un bien inmueble, ya sea casa habitación, local comercial, terreno, sea urbana o rústica, deberá realizarse ante un Notario Público en funciones con el fin de dar la formalidad y legalidad requerida por la ley para dicho acto.
-Verificar en el Registro Público de la Propiedad correspondiente que el inmueble se encuentre libre de todo gravamen, carga o responsabilidad, o en su caso que únicamente cuente con los Gravámenes que manifiesta el Vendedor, lo cual se acredita con el Certificado correspondiente expedido por el Registro Público.
-Tener el pago del predial al corriente.
-Obtener un Informativo Catastral, en el que se reflejen los metros cuadrados de terreno y los de construcción, así como sus respectivos valores catastrales.
-Tener los pagos de los servicios públicos al corriente.
Todas las operaciones de Compra Venta, generan diversos gastos, derechos, impuestos y honorarios, tales como:
-El Impuesto sobre la Renta (ISR), que le corresponde pagar al Vendedor sobre la ganancia que obtenga por la venta del inmueble.
-El Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), que le corresponde pagar al Comprador.
-Los Derechos de Registro Público, que se generan como pago para la inscripción de la nueva Escritura.
-Los honorarios del Notario Público por la protocolización de la Escritura respectiva.
-Otros gastos y derechos que forman parte del trámite de Escrituración.
Requisitos:
No olvide bajar y llenar su
SOLICITUD DE REGISTRO
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